En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALEXIS CHAVEZ, contra los ciudadanos MACARIO GOMEZ y CARLOS GOMEZ
SEGUNDO: Se condena a los demandados: MACARIO GOMEZ y CARLOS GOMEZ a pagar al ciudadano ALEXIS CHAVEZ, la suma de Bs. F. 3.494,91 por conceptos de antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades.
TERCERO: Conforme al artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se condena al pago de intereses moratorios sobre la antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades,.....