A los fines de que la presente transacción surta los efectos de Cosa Juzgada y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la parte actora, ni normas de orden público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia a lo previsto en el artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, las partes solicitan en forma conjunta al ciudadano Juez, por ante quien se suscribe la misma, se sirva HOMOLOGARLA Y OTORGARLE LOS EFECTOS DE LA COSA JUZGADA, ordenando el cierre y archivo del expediente. "EL QUERELLANTE" conviene y acepta este contrato transaccional.
Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.