En mérito de las consideraciones de hecho y de Derecho expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CADUCIDAD de la acción y por ende, la INADMISIBILIDAD del recurso de Invalidación de Sentencia interpuesta por la Abogada AURISTELA PÉREZ Apoderada Judicial de la demandada empresa AGROPECUARIA KRISMA, C.A, en fecha 01 de abril del 2014 contra la sentencia dictada el 07 de agosto del 2013, en la causa principal KP02-L-2012-1316.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada y firmada en Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto 09 de Abril del 2014 A.....