De la exhaustiva revisión de las actas se evidencia que no consta en autos la notificación al Sindico Procurador Municipal del Municipio Jiménez ordenada en la sentencia del 28 de Abril del 2015, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-occidental, razón por la cual este Tribunal repone la causa al estado de remitir el presente asunto al referido juzgado a los fines legales consiguientes.