Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
La Falta de Competencia de este Tribunal, en razón del Territorio, de la demanda interpuesta por el ciudadano ESTALY MENDEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº 10.639.921, de este domicilio, contra la empresa INQUIPORT S.A. declinando la misma al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Portuguesa
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 06 días del Mes de Agosto del 2013. Años 203° de la I.....