Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano SILVIO ANOTNIO GUEDEZ, titular de la cedula de identidad N° 3.876.859, contra PDVSA PETROLEO, S.A. Así se decide.