Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR; la acción presentada por el ciudadano OSWALDO ALEJOS OROPEZA contra CENTRO MEDICO DOCENTE ADAPTOGENOS C.A, ADAPTOSALUD C.A Y REPPRESENTACIONES NO HAGAS DIETA OLALDE C.A.