Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: PRIMERO: Desistida la Acción por Cobro de Prestaciones Sociales intentada por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO MENDOZA, JORGE GREGORIO BRACHO ALMEIDA, JESUS AUGUSTO PEREZ VIRGUEZ, FREWIL JOSE JIMENEZ CASTAÑEDA y LUIS MIGUEL PERDOMO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 7.332.876, 12.707.236, 14.336.406, 13.881.292 y 7.637.890, respectivamente, en contra de M.G.H. PROTECCION INTEGRAL, C.A.