este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la acción presentada por el ciudadano TERESA RAVELI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.034.737 contra LABORATORIO NOVARTIS, condenándose a la accionada a dar cumplimiento a lo esbozado en la motiva del fallo.
SEGNDO: Se condena en costas a la accionada conforme lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.