En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano Frank Antonio Torrealba, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad no. 13.881.646, debidamente asistido por la abogado Carmen Rosario Yépez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.067; y los Abogados Rosina Anka y Ricardo Civiletto, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 92.024 y 104.142, Apoderados Judiciales de la empresa Sistema Hidráulico Yacambú-Quibor, C.A.-
Ahora bien, visto el acuerdo satisfactorio a que han llegado las partes, este Juzgador, en aplicación de los medios alternativos de resolución de conflictos, como principio contemplado en la Ley Or.....