En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano JOSE ESCALONA GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.403.439.APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: SILVERIO RIVERO, YELIN ROSENDO Y AMARILYS URDANETA, Inpreabogado No. 102.008, 108.791 y 119.485, respectivamente. PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD SIUCA C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: DOMINGO RODRÍGUEZ, LUIS ANTONIO LOZADA CASTILLO y GUSTAVO ADOLFO LÓPEZ PÉREZ, Inpreabogado Nro. 50.594, 90.029 y 94.983, respectivamente. MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
Ahora bien, visto el acuerdo satisfactorio a que han llegado las partes, este Juzgador, en aplicación de los medios alternativos de resolución de conflictos, como princip.....