Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho,
PRIMERO: IMPROCEDENTE la presente acción interpuesta por el ciudadano ALBERTO FLORENCIO PEREZ, titular de la cédula de identidad número 14.353.134, sin perjuicio de que el trabajador pueda volver a intentar la acción una vez que obtenga de los entes administrativos los requisitos exigidos por la ley para poder plantear acciones como las que ocupan al tribunal. Así se decide.-