este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la acción presentada por el ciudadano NARCISO ANTONIO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.314.210 contra ENELBAR C.A, en los términos señalados en la motiva del fallo.
SEGUNDO: Se condena en costas a la accionada conforme lo establece el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.