En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano en contra LUIS ALBERTO TORREALBA LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.982.552 en contra de Laratel Farmacia C.A.-