Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: Desistido el Procedimiento por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, intentada por la sociedad mercantil SERENO JMD, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 22 de Diciembre de 1998, bajo el Nº 51 tomo 49-A ; representada por el profesional del Derecho Abg. PEDRO ROJAS MALPICA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 5.586; en contra de la Providencia administrativa Nº 0351 signada con el Nº 005-2005-01-00925, en la cual se declara CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de Salarios Caídos interpuesta por el ciudadano FREDDY JESÚS RAMÍREZ VILORIA, titular de la cedula de identidad V- 7.323.054, en contra la sociedad mercantil SERENO JMD, C.A. Así se decide.-