Este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano: FRANKLIN AMARO inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 32.784.en su carácter de Apoderado Judicial de las demandantes: LEXAURA MERCEDES PERNIA, MAYERLING QUEVEDO; ANDIMAR TORRES, titulares de las cedulas de identidad números 13.268.798; 17.854.590; 17.574.974, respectivamente., y GILBERTO CARDIER y ANDRES ELOY PARRA, inscritos en el Instituto de Previsión del abogado bajo los números 36.810 y 14.071, respectivamente., en su carácter de Apoderados Judiciales de la demandada: ALMACENES LA 20 IMPORT C.A; INVERSIONES GAMMA 2010 C.A, motivo: cobro de prestaciones sociales.