Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACLARA EL FALLO DE FECHA 21 de marzo de 2019 solo en lo que respecta a la reexpresión monetaria de los montos condenados a pagar en virtud de la declaratoria con lugar de la demanda interpuesta.