En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el conveniemiento presentado entre ALICASTRO QUIROZ RICARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.587.994. ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: FREDDY JOSE PEREZ, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.337. PARTE DEMANDADA: TEXCOVEN C.A e INVERSIONES METAL MADERA C.A. ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA TEXCOVEN C.A: MARLON GAVIRONDA, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 44.088. ABOGADAS DE LA PARTE DEMANDADA INVERSIONES METAL MADERA C.A.: EDERENA GONZALEZ y NEFERTIL DIAZ JIMENEZ, abogadas en ejercicio, debidamente inscrito en el Insti.....