Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad concedida por la Constitución y la Ley Decide: IMPROCEDENTE el amparo constitucional interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS BRTIO MEDINA, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.057.847, contra CASTRO GAS HERMANOS C.A.. Así se decide.