DISPOSITIVO
Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, la Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: La caducidad de la acción de nulidad intentada por los ciudadanos Víctor Gutiérrez, Fraenyer Castillo y Romualdo Segueri, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.964.967, 20.044.655 y 12.849.209 respectivamentecontra la Providencia Administrativa Nº 827 de fecha 27 de Noviembre 2017, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Lara, sede Pedro Pascual Abarca, mediante la cual se homologa Convención Colectiva 2017-2019.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo previsto en el ar.....