Este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA en los términos expuesto en la motiva del fallo, la transacción celebrada entre la ciudadana FRANCISCA ANTONIA VASQUEZ SANCHEZ;, representado por el abogado en ejercicio, MIGUEL ANGEL ALVAREZ SOTO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.444., quien con plena capacidad, libre de toda coacción o apremio y en pleno consentimiento, asistió y representó en todo momento al accionante; de igual modo la parte demandada MACROMEDIC, C.A., antes identificada, se encontraban representada en todo momento por su apoderadas judicial ALEXANDRA GAETE MUÑOZ, Abogada en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 186.756.