En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JUAN MANUEL BOTANA SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 5.591.501 contra la sociedad mercantil INTERRUPTORES ESPECIALIZADOS LARA (INESLA) la cual fue absorbida por fusión por la sociedad mercantil VENGAS S.A, según se evidencia del asiento de Registro de Comercio inscrito en el tomo 51-A, N° 15 del año 2001, debidamente publicado en Gaceta Legal N° 450-4 de fecha 28/11/2001.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil VENGAS C.A, inscrita (VENGAS S.A) por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 15/08/2000 bajo el.....