Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana BERTILIA DEL CARMEN RUA DE AGUILAR, titular de la cedula de identidad Nº V-4.806.695 contra FUNDACION ESCOLAR DEL ESTADO LARA Y LA UNIDAD EDUCATIVA DR. LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA. Así se decide.