este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA INCOMPETENCIA FUNCIONAL DE LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO para conocer la demanda de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la la nulidad absoluta de la certificación emitida por el INSTITUTITO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES INPSASEL