Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: Con Lugar la demanda interpuesta por ALVARO JOSE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.317.456, en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en el Órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN (ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO LARA), en consecuencia se condena a la accionada a cancelarle a la trabajadora los conceptos condenados en la motiva del fallo, los cuales deberán ser pagados en dinero efectivo y de circulación legal en el País. Así se decide.-