Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: HOMOLOGAR el desistimiento de la Acción realizado por la ciudadana YELITZA DEL C. GOMEZ, venezolana, mayo de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.700.546 y de este domicilio, parte accionante, debidamente asistida por su apoderados judiciales abogados LIMERC ZORCE y EDGARDO MEZA, inscritos en el Impreabogados bajo loes Nros. 119.564 y 92.279, en el procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales incoado en contra de la firma Mercantil DANELL NAIL´S , representada por la ciudadana LUZ DANELLI PEROZA, debidamente asistida por su apoderado judicial abogado JOSE CERECINI, inscrito en el Impreabogados bajo el Nro. 92.452, dándosele carácter de COSA JUZGADA. Así se.....