En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
SIN LUGAR la demanda por cobro de Beneficios Laborales intentada por los ciudadanos Arias Juan Ramón, Gutiérrez Julio José, Heredia Pineda Rafael, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.197.875, 11.078.936 Y 7.415.379 respectivamente, contra la Alcaldía del Municipio Simón Planas.