PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN de fecha 02 de marzo de 2017, en los mismos términos en ella contenidos, celebrada por las parte en este proceso; confiriéndole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: HOMOLOGADO el desistimiento de la demanda en contra de las sociedades mercantiles CABICO, C.A. y METALÚRGICA ESVAR, C.A.
TERCERO: Una vez declarada definitivamente firme la presente decisión se ordena remitir el asunto al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, fin que declare terminado el proceso y remita el expediente al Archivo Judicial.
CUARTO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión.