Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite correspondiente al presente acción de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, ejercida por la sociedad mercantil TELECOMUNICACIONES BUTLER, S.A., representada por su apoderada judicial, abogada MARIALY ISABEL COLMENAREZ SEQUERA, abogada en ejercicio, inscrita el en Inpreabogados bajo el Nº 90.461, en su condición de parte actora, en contra de la Providencia Administrativa nº 001341, que cursa en el expediente signado 005-2008-06-00032, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO, SEDE "JOSE PIO TAMAYO" DEL ESTADO LARA, en fecha 28/01/2010, donde se impone multa a la empresa TELECOMUNICACIONES BULTER, S.A., de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente fallo, fundamentado en el Articulo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Conte.....