En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JUAN CARLOS PIÑA ABREU, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 11.471.275 contra INVERSIONES EL CARMEN C.A, inscrita en el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 27/08/1997, bajo el N° 59, Tomo 46-A.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil INVERSIONES EL CARMEN C.A, que pague al ciudadano JUAN CARLOS PIÑA ABREU, titular de la cédula de identidad Nº 11.471.275, la cantidad de Bs. 399.999,84 por concepto de vacaciones. Más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo la cual se ordena a los fines de determinar: Primero: L.....