Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA por abandono del trámite correspondiente al presente acción de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, ejercida por la por el abogado LEONARDO ENRIQUE SCISCIOLI LABRADOR, abogada en ejercicio, inscrita el en Inpreabogados bajo el Nº 90.480., en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EGLEE ELIZABETH CHAVEZ PARGAS, titular de la cedula de identidad V- 13.543.915; en contra de la Providencia Administrativa Nº S/N al Expediente Nº 477-2002, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, en fecha 20/10/2002, relativo a la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, donde por medio de la cual acordó el cierre y archivo del expediente 477-2002; interpuesta por la ciudadana EGLEE ELIZAB.....