En fecha 01-03-2005, se realizó la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el presente asunto, en el cual el se declaró -en forma oral- PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción, en consecuencia, mal podría otorgarse en la presente fecha la medida cautelar preventiva solicitada, por ello SE NIEGA la medida precautelar solicitada en el escrito libelar. Y así se decide.