PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO de la recusación planteada por la ciudadana CARMEN TEOLINDA ABRAHAM DE MARCHAN, titular de la cédula 5.259.115, representante legal de la Sociedad Mercantil IMPORTADORA TRIPLE A C.A., contra el abogado ROGER JOSÉ ADAN CORDERO, Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por desalojo de vivienda, signado con el N° KP02-V-2006-001315.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de la presente decisión con copia certificada de la misma y al Tribunal de Municipio en el que se encuentre la causa judicial N° KP02-V-2006-001315.