PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la abogada BLANCA NAVIDIS BARRIOS LEAL inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.364, apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil + LIMPIO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, bajo el N° 31, Tomo 35-A, del año 2019, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 13 de diciembre del año 2021, en el asunto judicial N° KP02-V-2021-000208.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la cuestión previa prevista en el numeral 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la abogada BLANCA NAVIDIS BARRIOS LEAL, apoderada judicial de la demandada Sociedad Mercantil + LIMPIO C.A., plenamente identificada en auto.
TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor.....