PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 18 de agosto del año 2021 (folio 98) por la ciudadana MIREN YOLIMAR CORDERO, asistida por el abogado REYNALDO GÓMEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 18 de agosto del año 2021, en el asunto KP02-O-2021-000077.
SEGUNDO: ADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional incoada por el ciudadano DAVID JOSÉ RODRÍGUEZ SIERRA, en su condición de Gerente General de la Sociedad Mercantil AUTO LICORES LA INMENSA, C.A., asistido por la abogada FLORELVY DEL CARMEN BRACHO ÁLVAREZ, contra el decreto cautelar dictado en fecha 05 de agosto del año 2021, dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el cuaderno separado N° KN01-X-2021-000004.
TERCERO: DE MERO DERECHO la resolución del presente amparo......