Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se HOMOLOGO EL DESISTIMIENTO del recurso de casación anunciado en fecha 28 de junio de 2012, por el abogado Esteban Mejáis, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana María Josete Pita Goncalves, parte demandada, y ratificado en fecha 11 de julio de 2012, contra la sentencia dictada en fecha 18 de junio de 2012, por este Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por partición de la comunidad hereditaria, interpuesto por el ciudadano Nelson Pita Goncalves, contra las ciudadanas Agostinha Goncalves de Pita, Gracinda Pita Goncalves, Lucinda Pita Goncalves y María Josete pita Goncalves. Se acordó tener la decisión dictada en fecha 18 de junio de 2012, por este juzgado superior, con plena autoridad de cosa juzgada.