Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró PROCEDENTE EN DERECHO EL DESISTIMIENTO formulado por la abogada Carmen Josefina Guillen de Thielen, en su condición de apoderado judicial del tercero interesado, mediante diligencia de fecha 14 de diciembre de 2017, del recurso de apelación interpuesto en fecha 3 de julio de 2014, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de junio de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.