PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido en fecha 15 de septiembre del año 2021 por la abogada YACQUELINE QUIÑONEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.431, apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano WILMER JESÚS MEDINA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° V-7.313.769, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 09 de septiembre del año 2021, en el asunto judicial N° KP02-F-2021-000247.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 09 de septiembre del año 2021, en el asunto judicial N° KP02-F-2021-000247.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS DEL RECURSO, a la parte demandante, ciudadano WILMER JESÚS MEDINA RIVERO, conforme el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
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