En efecto, el carácter instrumental de las cautelares, además expone el carácter accesorio de la incidencia respecto al juicio principal, de manera que si el juicio fenece por razones normales (sentencia definitivamente firme) o anormales (autocomposición procesal, perención, decaimiento del objeto, etc), sucumbe la incidencia cautelar, pues no habría derechos e interés jurídico que proteger de manera preventiva; en consecuencia, al ser declarada terminada la causa principal N° KP02-V-2019-001717, se extingue la incidencia cautelar KN01-X-2019-0000014, y por consiguiente la apelación contenida en este expediente N° KP02-R-2020-000039, por lo que se declarada terminado el presente asunto.