DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda por Obligación de Manutención intentada por la ciudadana YOSELIS MELANIA RIVERO, en contra del ciudadano JESÚS GABRIEL LALAMA TORIN, en beneficio de los niños ampliamente identificados en autos, por tanto se fija por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 120) SEMANALES, los cuales deberán ser depositados en la cuenta de ahorros que se ordena aperturar en el Banco BANFOANDES, a favor de la ciudadana YOSELIS MELANIA RIVERO.
Se fija el pago de Un Salario Mínimo Nacional que decrete el Ejecutivo Nacional en cada año y que es publicado en la Gaceta oficial de la Re.....