DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda por Aumento de Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana RUFA MARÍA RAMÍREZ, en contra del ciudadano CESAR ERNESTO PALACIOS, en beneficio del Adolescente ampliamente identificados en autos, por tanto se fija por concepto de Obligación de Manutención un Diez por ciento (10%) del sueldo neto (previa deducciones) que devenga el obligado como Funcionario adscrito a la Policía del Estado Lara, los cuales deberán ser cancelados en cuotas quincenales y ser depositados en la cuenta de ahorros que el Tribunal ordenara aperturar en el Banco Provincial, a favor de la ciudadana RUFA MARÍA RAMÍREZ.
Se fija el descuento del Qu.....