DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del articulo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano VIDAL SANTANA PIÑERO LUCENA contra los ciudadanos EVA MARÍA BETANCORT, PEDRO MANUEL BETANCOURT, HERNÁN ELÍAS BETANCOURT y WILLIAM RAMÓN PIÑERO BETANCOURT. Remítase al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la consulta de Ley.
Regístrese y Publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscrip.....