Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Competente para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados JOSÉ TORRES HERRERA y JOSÉ ROSELIANO HERNANDEZ FREITEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 106.569 y 16.093, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano DOMINGO BARROSO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.387.254, contra la actuación de la Ciudadana Jueza MARYELIS D. DURAN R MALAVÉ, en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con domicilio en la carrera 17 entre calles 24 y 25, Palacio de Justicia (edificio nacional), piso 3 en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara. Así se decide. Segundo: Admisible la presente Acc.....