este JUZGADO TERCERO DEL PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, en razón de la cuantía, planteada por el Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, por Acción Reivindicatoria, intentada por el ciudadano Orlando Antonio Tamayo Castillo, asistidos debidamente por el abogado Francisco Mendoza, contra la ciudadana Yraima Josefina Toyo Davalillo, todos arriba identificados, en consecuencia, agréguese a las causas llevadas por este Tribunal para su conocimiento.