En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR La demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoada por la SOCIEDAD MERCANTIL "RODASERVI MANTENIMIENTO, C.A", contra la SOCIEDAD MERCANTIL GESTION INTEGRAL DE PARQUES COMERCIALES DE VENEZUELA, C.A, y CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL BABILON BARQUISIMETO. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de a) DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 40/100 ctms (Bs 17.736.943,40) por concepto del monto de la obligación liquida y exigible peticionada, b) UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 98/100 ctms (Bs 1.541.748,98) por concepto de Intereses moratorios causados hasta la fecha que declare definitivamente firme esta decisión. TERCERO: se ordena l.....