DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Divorcio, incoada por el Ciudadano JAVIER ANTONIO JARAMILLO MONTES, contra la Ciudadana RAYDA JOSEFINA DIAZ AREINAMO, identificados en autos y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha 14 de junio del año 2008, por ante la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, Oficina Subalterna de Registro Civil, Parroquia San Pedro. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del J.....