DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE, la oposición a las pruebas promovidas por la parte demandada en el Juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por la Sociedad Mercantil UNIVERSAL PARTS, C.A, contra el BANCO CARIBE, BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), ambos identificados anteriormente. SEGUNDO: En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su apreciación definitiva. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.