DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Divorcio, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, incoada por la Ciudadana SARID CAROLINA ORTIZ PERAZA, contra el Ciudadano OSCAR JOSE BARRIOS CASTILLO, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de noviembre del año 2013, por ante el Registro Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren de la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara, tal y como se desprende de acta de matrimonio N° 487, cursante al folio 3. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.