DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada María Verónica Vargas, inscrita en el I.P.S., bajo el N° 143.869, en su carácter de apoderada judicial de la accionada Temilda Del Carmen Núñez de Materan, identificada en autos contra la sentencia de fecha 07-07-2017, dictada por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Iribarren de está Circunscripción Judicial, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En consecuencia de lo precedentemente decidido, se declara: SIN LUGAR la demanda con pretensiones de, resolución de precontenido de opción de compraventa y de indemnización de daños y perjuicios incoada por la empresa INVERSIONES A.J.E., C.A, inscrita en fe.....