DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dado a que el conocimiento de la causa de autos es por motivo de consulta tal como lo prevee el artículo 736 del Código Adjetivo Civil, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE REVOCA la decisión de fecha 17 de Octubre del 2002, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la acción de inhabilitación de los ciudadanos FRANCISCO JAVIER VILLEGAS VILLEGAS y EMIRO JOSE VILLEGAS VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.915.646 y 3.086.247, respectivamente, incoada por la ciudadana LUISA MARLENE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.276.414, en su condición d.....